marzo 28, 2024

Por Sergio Mejía Cano

En la entrega anterior, nos referimos a la entrada en vigor del Padrón Nacional para Usuarios de Telefonía Móvil; y cuál va siendo mi sorpresa que varios de mis familiares, amigos y conocidos no estaban enterados de este tema, diciéndose sorprendidos por esta medida. Así que preguntando aquí, allá y acullá, la mayoría de la gente a la que pregunté sobre el tema, tampoco sabía de esto.

Y dentro del tema, obviamente, que hubo voces a favor y en contra de tener que proporcionar los datos biométricos, porque los demás, como de voz y huella digital, ya están o los tienen otras dependencias como el Instituto Nacional Electoral (INE), los bancos en donde la gente maneja sus cuentas ya sea de ahorro, tarjetas de crédito o de débito, etcétera, su voz ya la tienen identificada, lo mismo que la huella digital que la tienen también hasta algunas o todas las tiendas departamentales para otorgar los créditos correspondientes de muebles, ropa, enseres domésticos, etcétera.

Desde luego que los legisladores que votaron este nuevo decreto para la telefonía móvil, no tomaron en cuenta la realidad del país, pues por el hecho de estar envueltos en su burbuja de cristal que los separa de Juan Pueblo, posiblemente creen que todos los ciudadanos poseen teléfonos móviles de avanzada, de última generación; sin embargo, no contemplaron que aún existen celulares a los que coloquialmente se les denomina como “cacahuatitos”, de esos que no son “touch” y que si llegan a tener pantalla nada más aparece el número del que se recibe llamada y para el que se llama sin más funciones y sin acceso a las redes sociales ahora ya tan cotidianas de uso en los teléfonos más modernos-

Y respecto a estos cacahuatitos, según los que se dicen conocedores del tema, aducen que si bien en esos teléfonos sencillos no se puede poner la huella digital ni el iris y menos el registro facial, por lo menos sí acepta la voz. Sin embargo, de acuerdo al decreto en cuestión, aun así los usuarios tendrán que presentar identificación oficial, CURP, comprobante de domicilio (aunque ya está en la credencial del INE), y de todos modos, en la compañía telefónica de su teléfono móvil, dar sus datos biométricos, porque estos los tiene que recabar la compañía telefónica, así sea un teléfono sencillo o de última generación.

Pero lo más aberrante de todo esto, de acuerdo a la información que se ha venido vertiendo al respecto, es que a partir de la publicación del decreto en el Diario Oficial de la Federación, se da un plazo de 30 días a los usuarios para registrarse y, en caso de no hacerlo así, se cancelará definitivamente la línea telefónica y se harán acreedores a una multa de $89,692.00 pesos, y he aquí que es en donde la puerca tuerce el rabo, porque tal y como lo ha señalado el senador por Jalisco de Movimiento Ciudadano, Alberto Galarza Villaseñor, en una entrevista para Radio Metrópoli, de Notisistema, con sede en Guadalajara, Jalisco, que con esta disposición, la gente de más escasos recursos serán los más afectados, porque hay personas de la zona rural que  no cuentan ni siquiera con documentos de identificación oficiales. Agregando además, que la medida es inviable, por lo que se tiene contemplado acudir una comisión ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, para hacer valer la inconstitucionalidad de este decreto para reformar la Ley de Telecomunicaciones.

Y a propósito de la zona rural, la telefonía móvil ahora ha resultado ser imprescindible, porque han desaparecido ya las casetas telefónicas en donde antes acudía la gente a llamar o recibir llamadas de larga distancia, por lo que con la nueva tecnología, se facilitó la comunicación, y mucha de esta gente de la zona rural, la mayoría es la que cuenta con teléfonos sencillos, pero al menos ya están comunicados con sus familiares de otras partes del país y hasta en el extranjero.

Y por otra parte, hay adultos mayores a los que sus familiares los han dotado de esos teléfonos sencillos; pero hasta los que tengan móviles más modernos, hay muchos adultos mayores de ambos sexos que ya no se pueden desplazar bien, por lo que de acuerdo a esta nueva disposición para el uso de teléfonos celulares, tendrían que acudir a algún centro de la compañía telefónica para registrarse tal y como lo demanda el mentado decreto y, he ahí el problema y más, si no tienen o cuentan con familiares con el tiempo disponible para cargar con ellos llevándolos a registrar sus datos biométricos. Así que ojalá y prosperen los amparos.

Sea pues. Vale.

 

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